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Receta online: la polemica

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La semana pasada saltó una noticia que está causando bastante revuelo en el sector médico y farmacéutico: una página web española ofrece recetas online. Concretamente, en la página principal de su web se indica con grandes letras: Solicite su receta médica por sólo 10€ y a continuación una casilla donde se puede escribir el medicamento que se solicita.

Aunque luego hay que leer la letra pequeña, la web al primer vistazo no te deja frío (marketing, creo que lo llaman). Y precisamente por eso, para explicar la letra pequeña entre tanta confusión, he decidido que puede ser útil este post explicando qué es la receta electrónica privada y por qué se ha liado parda  con la receta online.

receta electronica

¿Qué es la receta electrónica privada?

Hace más de un año escribí un post explicando cómo funciona la receta electrónica en la Seguridad Social (concretamente en Madrid, que es donde ejerzo actualmente). Por si hay algún no iniciado en la sala, consiste (resumiendo mucho) en que el médico realiza la prescripción en formato digital no haciendo falta papel sino la tarjeta sanitaria para retirar la medicación en la farmacia. Si se trata de un tratamiento crónico (por ejemplo, un antihipertensivo) el paciente no necesita ir cada mes al médico a por su receta de enalapril sino que puede recoger el enalapril cuando corresponda directamente en la farmacia con su tarjeta durante el tiempo que el médico lo considere oportuno.

Pues bien, el Real Decreto 1718/2010, muy previsor él, dejó planteada la posibilidad de que existiese una receta electrónica privada. Es decir, que no sólo los médicos de la Seguridad Social sino también los médicos privados pudieran prescibir digitalmente los tratamientos.

Y así queda reflejado en el artículo 14:

«Los tratamientos prescritos al paciente en receta médica privada electrónica podrán ser dispensados en cualquier oficina de farmacia del territorio nacional. Para garantizar este derecho a los pacientes, se establecerá por los consejos generales de las organizaciones colegiales corporativas de médicos, odontólogos, podólogos, enfermeros y farmacéuticos en coordinación con las Administraciones sanitarias, el procedimiento de homologación del sistema de receta privada electrónica que posibilite su interoperabilidad»

Hasta aquí, todo muy bien. El problema surge precisamente por la frase que he resaltado en negrita: el procedimiento de homologación está sin desarrollar. Del mismo modo que la Consejería de Madrid desarrolló un sistema informático que se implantó en los centros de salud y en las farmacias (por cierto, con un coste económico, luego hablaremos de eso), a día de hoy no hay una plataforma interoperable que conecte a las farmacias con ningún médico privado que prescriba receta electrónica (ni online, ni presencial).

Churras y merinas

En el caso de la web que ha sido noticia, el es-cán-da-lo (a lo Raphael) que se ha montado no viene, ni mucho menos, propiciado por el hecho de que exista una plataforma que quiera desarrollar la receta privada electrónica. Si un hospital privado físico hubiera desarrollado, en acuerdo con los colegios profesionales, unas tarjetas sanitarias adaptadas para leerse en las farmacias, la noticia hubiera sido noticia, incluso notición, pero no objeto de debate encarnizado con alusiones a la ética y a la seguridad.

El es-cán-da-lo viene porque, además de la receta electrónica privada, aquí se mezclan churras con merinas y hay varios factores en juego que han hecho saltar las alarmas:

1. En este caso sí hay recetas en papel: al no estar desarrollado el procedimiento de homologación ni haber una plataforma digital en conexión con las farmacias, con este sistema la empresa te invita a imprimir las recetas en casa.

2. Se trata de una prescripción telemática: hablando en cristiano, se extiende una receta sin que esté el paciente delante del médico. En la receta electrónica de la Seguridad Social al menos hay una primera consulta física con el médico que prescribe la receta electrónica. Esto, que ya se hace en otros países, en España es novedad.

3. El paciente es el que le dice al médico el medicamento que quiere que le sea recetado y no al revés: se trata de una receta a la carta.

4. Y el verdadero quid de la cuestión: el factor sorpresa. Todo esto se ha desarrollado al margen de los colegios profesionales de médicos y farmacéuticos: yo me he enterado por Twitter de que existe la posibilidad de que me llegue una receta así a la farmacia. A las farmacias no se nos ha comunicado oficialmente nada sobre cómo son estas recetas y sobre la legalidad de su dispensación. Aunque lo sean, que no lo pongo en duda, la afirmación de que son legales y que podemos dispensarlas debe darla algún organismo oficial más allá de la parte interesada.

No todo el monte es orégano

Aunque en la página principal de la web dé la impresión de que tienes barra libre: «solicite su receta médica por sólo 10€», lo cierto es que no todo el monte es orégano. Al principio del post ya hablaba de la letra pequeña, y es importante tener en cuenta dos detalles:

1- De momento en la web citada no se prescriben medicamentos psicotropos (las deseadas pastillas para dormir) ni estupefacientes.

2- Hay que aportar un informe médico que avale que a la persona se le ha prescrito anteriormente ese tratamiento. Por ejemplo, si una persona con el colesterol elevado está tomando simvastatina 20 mg y quiere otra receta de simvastatina 2o mg, debe aportar un informe médico donde se indique el historial. El médico de la página web valorará emitir o no la receta online en función de ese informe e incluso pedirle más documentos.

 

Conclusiones de la boticaria

Se ha hablado mucho de los posibles problemas derivados de la prescripción telemática como la suplantación de identidad. El sistema exige el DNI, pero entiendo que lo más seguro sería emplear el DNI electrónico como preferentemente indica la ley en el artículo 14. Tampoco parece difícil a priori falsificar los informes y documentos acreditativos que avalan que un tramiento se ha prescrito con anterioridad. Algunos dirán que también pueden falsificarse llevándolos a un médico presencial. Por supuesto, pero en este caso se dispone de un filtro adicional: el cara a cara.

Sin embargo, dejando a un lado estas cuestiones que sí podrían pulirse y mejorarse hasta alcanzar un procedimiento razonable y seguro, he aquí algunas de mis reflexiones al respecto:

1. Que no se escandalice nadie pensando que va a conseguir Orfidales o Lexatines a porrillo por 10€, porque no es el caso. En teoría tampoco podríamos conseguir un antibiótico para una infección puntual, ya que, por lo que parece, se trata de renovar prescripciones ya existentes.

2. Yo no soy abogada, pero me he leído el Real Decreto y claramente es necesario que se desarrolle una plataforma consensuada con los colegios profesionales que a día de hoy no existe. Si, tal y como afirman, la actuación de esta empresa es legal, entiendo que no debería haber problema en realizar su actividad por los cauces oficiales. Hasta que esto ocurra y haya una comunicación oficial que nos indique a los farmacéuticos como actuar en la dispensación, pienso que debemos ser prudentes.

3. Dicen que está feo hablar de dinero, pero a veces no queda más remedio. ¿Quién va a pagar todo ese sistema de homologación y la plataforma interoperable? ¿Y el mantenimiento? Yo que viví en mis carnes la implantación en Castilla La Mancha sé bien que no es gratis y que incluso pagando Papá Estado la farmacia tuvo que pagar algo. Por otro lado, si no somos capaces de ponernos de acuerdo con un mismo sistema de receta electrónica para toda España, veremos lo que ocurre cuando proliferen distintas empresas de receta electrónica privada y cada una necesite su plataforma. Nos lo vamos a pasar bomba. Son estas reflexiones muy feas y muy prosaicas, pero hay que tener en cuenta que todo tiene un coste y que en este caso Papá Estado no va a poner un duro al tratarse de algo privado.

4. Los tiempos cambian y hay que tener una mente abierta. No dudo de que, bien ejecutado y pulido, este sistema tenga múltiples ventajas para un grupo determinado de personas. Sin embargo, cualquier innovación de esta índole debe realizarse con seriedad y rigor y sin banalizar algo tan importante como es la prescripción facultativa. Importa el fondo e importan las formas.

5. Por las características del sistema sanitario español, la receta privada representa un porcentaje muy inferior al de la receta de la seguridad social. Y dentro de la receta privada, la receta privada de medicamentos crónicos representa un porcentaje mucho menor todavía. Durante estos días he hecho mi propia encuesta entre familiares y amigos farmacéuticos (sí, una encuesta casera sin ningún tipo de validez, ni t de student ni chi cuadrado) preguntando qué tipo de medicamento con receta privada retira un mismo paciente de la farmacia de forma repetida. ¿Sabéis quién ha sido el caballo ganador? La Viagra o su primo barato el sildenafilo genérico (que por si alguien no lo sabe, no están financiados por la seguridad social, y por este motivo la gente acude a médicos privados en busca de la receta).

Para el resto de medicamentos que se prescriben recurrentemente, salvo casos puntuales los pacientes acaban yendo a la Seguridad Social para que se les extienda la receta y obtener el descuento pertinente. En diez años de experiencia laboral, tengo contados los casos de pacientes que mes a mes, con una receta privada, paguen íntegras sus simvastatinas y sus enalapriles (y eso que cuestan uno o dos euros). Pero claro, yo solo soy boticaria de barrio, al igual que no soy abogada, tampoco me dedico a hacer business plans, así que, por si algo se me escapa en toda esta apasionante historia, permaneceré atenta a la jugada.

 

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