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Camarero, una de ibuprofeno

ibuprofeno

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Esta tarde, a eso de la hora de la siesta, @EnfrmraSaturada me ha etiquetado en este tweet:

tuit saturada 2

Es una foto que lleva todo el día (quizá varios días) circulando por la red. Sin la sagacidad de Sherlock, podemos deducir que a uno de los cuatro comensales le dolía la cabeza o similar, pidió al camarero un analgésico y éste se lo dio. Esta es una situación que, aunque ilegal, puede parecer frecuente en bares y restaurantes (o al menos hasta hace poco). Lo que nunca ha sido tan frecuente y por lo que se ha revolucionado el patio, es porque, además, dicha «unidosis» fuera cobrada posteriormente en la factura.

Sí, recuerda a aquella canción del anuncio de la ONCE, aquella de «tengo gambas, tengo chopitos, tengo croquetas, tengo jamón». O a aquello de «Camarerooo, oé». Venga, que no me resisto a intentarlo:

– ¡¡Camareroooo, una de Rovi!! 

– ¿Una de Rovi?

– Ro-vi, ro-vá, cada día me estriño más, roví-roví, roví-rová…

Y esta para farmafrikis…

– ¡¡Camarerooooo, una de Daflón!! 

– ¿Una de Daflón?

– Sufreee Daflón… devuélveme mis venas… o se retorcerán…

Bien, una vez echada por tierra toda la solemnidad que había ganado siendo la pregonera de mi pueblo (del post con vídeo y fotos no os libra nadie, que lo sepáis), escribo este «Pregunta a la Boticaria express» después de que unos cuantos me lo hayan preguntado, para confirmar que sí, que con la Ley de Garantías y Uso Racional del Medicamento en la mano este «sucedido» es ilegal ya que en su título I, artículo 3, se cita lo siguiente:

6. La custodia, conservación y dispensación de medicamentos de uso humano corresponderá exclusivamente:

a) A las oficinas de farmacia abiertas al público, legalmente autorizadas.

b) A los servicios de farmacia de los hospitales, de los centros de salud y de las estructuras de atención primaria del Sistema Nacional de Salud para su aplicación dentro de dichas instituciones o para los medicamentos que exijan una particular vigilancia, supervisión y control del equipo multidisciplinar de atención a la salud, de conformidad con la calificación otorgada por la Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios para tales medicamentos.

c) En el ámbito del Sistema Nacional de Salud, además de los medicamentos especificados en el párrafo b), corresponderá a los servicios de farmacia de los hospitales la custodia, conservación y dispensación de los medicamentos de uso humano en los que el Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad acuerde establecer reservas singulares, limitando su dispensación sin necesidad de visado a los pacientes no hospitalizados.

Pues sí, parece que los bares y restaurantes no pueden custodiar, conservar ni dispensar medicamentos de uso humano. Y no sólo eso, sino que el hecho de hacerlo resulta una infracción grave por la que te puede caer un puro. No sólo al que lo vende, sino también al que lo compra.

Artículo 111. Infracciones en materia de medicamentos.

b) Infracciones graves:

17.ª Suministrar, adquirir o vender medicamentos a entidades no autorizadas para la realización de tales actividades.

23.ª Dispensar o suministrar medicamentos en establecimientos distintos a los autorizados.

¿Y a cuánto asciende la broma?

Artículo 114. Sanciones.

Grado mínimo: Desde 30.001 a 60.000 euros.

Grado medio: Desde 60.001 a 78.000 euros.

Grado máximo: Desde 78.001 a 90.000 euros.

Aunque se aplicara un grado mínimo, 30.000€ no está mal por la tontería. ¿Exagerado? Depende. No sé puede poner puertas al campo, pero yo pienso que al menos hay que intentarlo.

aspirina

Dejando a un lado por un momento el hecho de que se haya cobrado, y que incluso parezca práctica habitual en la casa ya que viene reflejado en la minuta como «Aspirina Gelocatil» (les ha faltado poner «Aspirina Gelocatil y varios»), ningún establecimiento que no figure entre los citados en la ley puede suministrar medicamentos. Del mismo modo, todos los que tenemos hijos sabemos bien que en las guarderías o colegios se exige la presentación de receta médica para administrar un medicamento a un niño, o que incluso con la receta rehúsan hacerlo y son los padres los que deben acudir a las horas correspondientes al colegio para administrársela a sus hijos.

El nunca ha pasado nada, ya no sirve. En primer lugar porque sí pasa. Incluso las Aspirinas y los Gelocatiles tienen contraindicaciones y efectos secundarios (de hecho el paracetamol o ibuprofeno tienen bastantes) y,  llegado el caso, nadie dudará en exigir responsabilidades. El hábito de denuncia, sin llegar en este país al extremo americano, ya empieza a incorporarse a nuestras costumbres tanto como la siesta. Para los bares y restaurantes, en el fondo, es un alivio poder acogerse a esta ley ya que muerto el perro, se acabó la rabia. La cortesía puede salir cara, aunque se cobre a 0,25€.

Por otro lado, no está de más insistir en que los medicamentos no pueden venderse en porciones, a gusto del consumidor, ni siquiera en las farmacias. Esta misma mañana una señora me insistía en comprar un cartucho de insulina por separado, porque estaba de vacaciones y «con uno suelto se apañaba». Cualquier medicamento que se ponga a la venta debe contar con las siguientes características, y desde luego una pastillita recortada de un blíster o un «cartucho suelto» no lo hacen.

Artículo 15. Garantías de información.

4. En el etiquetado figurarán los datos del medicamento, como la denominación del principio activo, del titular de la autorización, vía de administración, cantidad contenida, número de lote de fabricación, fecha de caducidad, precauciones de conservación, condiciones de dispensación y demás datos que reglamentariamente se determinen. En cada embalaje figurarán codificados los datos del Código Nacional del Medicamento, el lote y unidad que permitan su identificación de forma individualizada por medios mecánicos, electrónicos e informáticos, en la forma que se determine reglamentariamente.

Y si a alguien del gremio hostelero se le ocurre argumentar que los clientes lo demandan y es una cortesía que hay que tener con ellos le recuerdo que hay más clientes que demandan fumar en los restaurantes que clientes que demandan Aspirinas, y sin embargo, la ley prohibe fumar y se aplica sin contemplaciones. Pues con las Aspirinas, Gelocatiles (y varios), lo mismo. Por su propia seguridad y la de sus clientes.  

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